A pesar de que las aseguradoras generalmente omiten a sus asegurados la posibilidad  de nombrar un abogado independiente del seguro, dicho nombramiento se hace imprescindible para asegurarnos la posibilidad de conseguir la mayor indemnización posible, precisamente porque dicho abogado no va a recibir instrucciones de la aseguradora.
Nuestra experiencia cotidiana nos indica que dicho nombramiento de letrado particular deberá hacerse cuanto antes mejor, y así nos defenderá de circunstancias tales como la asistencia sanitaria, justificación de gastos a reclamar posteriormente, petición de pruebas, nexo causal, plazos,....etc.

    RECOMENDAMOS HACER USO DEL DERECHO A NOMBRAR ABOGADO PROPIO Y NO ACEPTAR EL QUE OFRECE LA ASEGURADORA

    Por razones obvias siempre es mejor contar con un abogado ajeno a cualquier aseguradora.
    La compañía aseguradora no puede obligarte a aceptar su abogado. 
    Si depositas tu confianza en nuestro Bufete de abogados estaremos encantados de poder ayudarte, a fin de que únicamente tengas que centrarte en la recuperación de tus lesiones.

    Tel.     986 370 892        Móvil. 626 027 285