ARTÍCULO 118 ADECUACIÓN DE VIVIENDA DE VÍCTIMA DESPUÉS DE ACCIDENTE DE TRÁFICO.
Asi sucede cuando una vez estabilizadas las lesiones tras un accidente o negligencia, toca integrar las secuelas, ir asumiendo que la vida ha cambiado en algunos -o en muchos aspectos-, adaptar el entorno para facilitar la movilidad, permitir la adecuada realización de las actividades esenciales de la vida ordinaria, etc.
En función del tipo de lesiones y de las características de la vivienda donde vivía hasta el momento del accidente o negligencia, la persona verá restringida su autonomía personal en mayor o menor grado y necesitará unas u otras adaptaciones.
A veces en que la urgencia apremia, y antes incluso de la estabilización de las lesiones la persona ya se necesita una alternativa habitacional adaptada y emprende la búsqueda de soluciones.
Si la persona sufre una lesión medular o alguna lesión que le obligue al uso de silla de ruedas tendrá que contar con una serie de adaptaciones en la estructura de su vivienda que aseguren la accesibilidad: dimensiones del ancho de las puertas para poder pasar, ascensor si el edificio no lo tiene, obra en el baño, cambiar la bañera, poner una rampa en el portal, y un largo etcétera.
Hay que tener en cuenta que existen otro tipo de lesiones, que aparentemente no se perciben como ‘tan graves’ pero que pueden implicar una pérdida de autonomía personal muy grave o grave, y por tanto conllevan el resarcimiento de este perjuicio patrimonial derivado del accidente.
Puede darse el caso en el que las reformas que necesita la vivienda actual de la víctima sean tantas y/o tan costosas que resulte más sensato y económico adquirir otra vivienda, pero todo ello debe de ser valorado por un profesional y acreditado ante la aseguradora mediante el correspondiente informe de adecuación de vivienda.
- EN BUFETE SDG ABOGADOS contamos con todo tipo de dictámenes previos e informes periciales para la fases extrajudicial y para la fase judicial respectivamente.
La Ley prevé resarcir los gastos de adecuación de vivienda, hasta 150.000 € si se cumplen los criterios, pero para hacer las cosas bien, y que la víctima no se vea más perjudicada, es importante que reciba un buen asesoramiento:
La víctima debe saber que no todo vale a la hora de hacer obras o comprar una nueva vivienda, es conveniente tomar un tiempo para valorar diferentes opciones, siempre partiendo de la opinión y del asesoramiento de un profesional.
Si toma una mala decisión, la víctima puede acabar asumiendo una deuda si después la aseguradora entiende que no debe abonar ciertos gastos que la víctima creía que sí asumiría.
Es necesario acreditar debidamente las necesidades, las posibilidades y los presupuestos por la adecuación de vivienda.
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