lunes, 31 de enero de 2022

EXENCIÓN DE TRIBUTACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRÁFICO RECLAMADAS POR ABOGADO

                                BUFETE SDG VIGO  ABOGADOS 

                                       ESPECIALISTAS EN RECLAMACIONES  

                              DE INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES DE TRÁFICO 


TEL   986 370 892 / 626 02 72 85 

         AV. ALCALDE GREGORIO ESPINO Nº18 BAJO 

    VIGO (PONTEVEDRA)



Podemos asegurar que las indemnizaciones concedidas a los perjudicados por de accidentes de tráfico van a seguir constando exentas en las idénticas condiciones tal y como ha venido  reconociendo la normativa fiscal hasta la fecha, y ello en gran medida, después de que diversos colectivos de víctimas de accidentes de tráfico, dieran la voz de alarma de la posible obligación de tributar en un futuro por dichas indemnizaciones y en el supuesto de que se diese un acuerdo amistoso.

Esta controversia surge de la lectura de una disposición final que se contiene en el anteproyecto de ley de eficiencia procesal, elaborada por el propio Ministerio de Justicia  que reforma supondría una reforma de la ley del IRPF.

Sin embargo al parecer dichos cambios introducidos en ese anteproyecto, no van a afectar al tratamiento fiscal de las indemnizaciones que reciban las víctimas d de un accidente de tráfico.

Y ello tal y como acontece en la actualidad con la normativa vigente, que establece que se encuentran exentas de tributación por IRPF "las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida".

Por consiguiente ante una reclamación de indemnización amistosa por un accidente de tráfico, la indemnización que se obtenga por eventual acuerdo entre los abogados del lesionado y la aseguradora, que implica el pago a través de la aseguradora contraria de una  indemnización, se puede afirmar que la exención de la indemnización está garantizada dentro de los límites que establece la regulación fiscal.

La modificación que pretende introducir el mentado  anteproyecto, esta referida a "las condiciones que se deben cumplir para que accidentes distintos a los de tráfico puedan quedar exentos sin necesidad de acudir a la justicia", en estos casos en los que intervenga un tercero independiente de las partes,  y que exista acuerdo amistoso y del mismo se deje constancia en escritura pública.

Puede afirmarse que van a existir ciertas garantías para que las indemnizaciones por accidentes insistimos diferentes de los de tráfico también sean declaradas exentas, tal y como ocurre con las indemnizaciones por accidentes de tráfico que son reclamadas por abogados especialistas en reclamaciones por accidentes de circulación.

No obstante, estos requisitos no gustan a la patronal del seguro, porque según su opinión pueden incitar a las partes a acudir a la vía judicial en lugar de llegar a soluciones amistosas.


                      BUFETE SDG VIGO  ABOGADOS 

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TEL   986 370 892 / 626 02 72 85 

         AV. ALCALDE GREGORIO ESPINO Nº18 BAJO 

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